La deducción por compra de vivienda habitual en la declaración de la renta
La deducción por la compra de vivienda habitual es una de las desgravaciones más interesantes de la declaración de la renta. Pero no todo el mundo puede acceder a ella, sino que es necesario cumplir con ciertos requisitos. Aquí te explicamos todo lo que debes sabe sobre la deducción por adquisición de vivienda. Y, si lo que necesitas es financiación para conseguir una o quieres mejorar tu hipoteca, entra en nuestro simulador.
Qué es la deducción por compra de vivienda habitual
Comprar un piso que vaya destinado a vivienda habitual desgrava, por lo que es un beneficio fiscal por el que te puedes deducir parte del dinero que hayas abonado para adquirir el inmueble, así como otros gastos relacionados, en tu declaración de la renta.
Así, es posible deducir la hipoteca que solicitaste para comprarla pero también cualquier otro gasto vinculado a ella. Por ejemplo, desgravar el seguro de vida o el de hogar si están asociados al préstamo hipotecario.
En cualquier caso, no todo el mundo puede acceder a la desgravación por vivienda habitual cuando presente la declaración de la renta 2023. Para ello, se tienen que cumplir varios requisitos.
A grandes rasgos, sólo podrán beneficiarse de la ventaja fiscal estatal personas que adquirieron su residencia antes del 1 de enero de 2013. A nivel autonómico, compradores con cierto perfil (habitualmente menores de 35 o 36 años, titulares de hipotecas jóvenes) y solo en algunas comunidades. Te los desgranamos a lo largo de esta guía.
Requisitos para desgravar la adquisición de la vivienda
Para poder deducirte la compra de una vivienda habitual y obtener el beneficio fiscal del Estado, se tienen que cumplir varios requisitos. Explicamos al detalle todos y cada uno de ellos.
La deducción es sobre una vivienda habitual
Para poder desgravar la compra de una vivienda esta debe ser la residencia habitual. Y, ¿qué se considera como tal? A ojos de Hacienda, para que se trate de una primera vivienda tienen que cumplirse estas condiciones:
- El contribuyente debe haber residido ahí, de forma continuada y como mínimo, durante los tres últimos años. También es una primera residencia si, aunque no haya transcurrido ese tiempo, el contribuyente fallece o se ha tenido que mudar tras casarse, separarse, por motivos laborales... O porque la vivienda ha dejado de ser adecuada por una discapacidad suya o de su cónyuge o de un pariente hasta tercer grado que conviva con él.
- El contribuyente haya entrado a vivir tras, como máximo, un año después de la compra o de haber acabado las reformas.
La compra de la vivienda, previa al 2013
Otro aspecto indispensable para desgravar la compra de una primera vivienda es que se haya adquirido con una hipoteca y esta se haya firmado antes del 1 de enero de 2013. Si se hizo con posterioridad, no se va a poder acceder a la deducción.
El motivo es que la deducción por la compra de vivienda habitual dejó de ser efectiva precisamente el 1 de enero de 2013, tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2011, que la eliminó.
En cualquier caso, también se podrán desgravar la hipoteca, suscrita antes de enero de 2013, sobre inmuebles que entonces estaban en construcción, o aquellos en los que se hacían obras de rehabilitación o ampliación, si estas hubieran acabado antes del 1 de enero de 2017.
Haber desgravado la compra de la vivienda habitual previamente
Finalmente, otra condición sin la que no se va a poder acceder a la deducción por la compra de una vivienda es que se haya aplicado la desgravación por este concepto desde la declaración de la renta de 2012 o en anteriores.
Si en algún momento, desde entonces, hubieras dejado de declarar este beneficio fiscal (por ejemplo, has tenido alquilado el piso o casa durante algún tiempo), no podrás volver a solicitarlo.
¿Qué gastos pueden deducirse exactamente?
Cuando adquieres una vivienda que va a ser destinada a primera residencia, puedes desgravarte una serie de cuestiones:
- Intereses mensuales de la hipoteca y los pagos extraordinarios desembolsados.
- Impuestos sobre la propiedad: el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y otros impuestos locales.
- Gastos de notaría y del Registro de la Propiedad: son trámites necesarios y conllevan un coste económico.
- Comisiones de intermediación: por ejemplo, lo que hayas abonados a una inmobiliaria.
- Gastos de rehabilitación o mejora: las obras de rehabilitación o mejora en la vivienda, así como los gastos asociados a estas obras. Necesitas tener las facturas correspondientes.
- Seguros vinculados, como hemos mencionado más arriba.
¿Cuánto puedo desgravarme por adquisición de vivienda habitual?
El importe que un contribuyente se puede deducir por la compra de una vivienda habitual es del 15 % sobre la cantidad invertida, con un tope de 9.040 euros, si se trata de la compra de un inmueble. Es decir, el ahorro máximo al que puede acceder un contribuyente son 1.356 euros.
Ejemplos de deducción por compra de vivienda habitual
Para verlo con mayor claridad, vamos a poner unos ejemplos prácticos. En el primero, las cuotas de una hipoteca son de 700 euros al mes. Al cabo del año, se habrán abonado un total de 8.400 euros. Será sobre esta última cantidad en la que se aplique la desgravación del 15 %. Hablamos de un ahorro de 1.260 euros.
En el segundo, las letras mensuales de la hipoteca son de 950 euros. En total, 11.400 euros al año. En este caso, la desgravación del 15 % se aplicará sobre el máximo establecido, 9.040 euros, no sobre el importe total de las letras, que lo sobrepasa. El ahorro será, pues, de 1.356 euros.
Deducciones por comunidades autónomas
Más allá de la deducción estatal, cada comunidad autónoma aplica sus propias desgravaciones por la compra de una vivienda habitual. Son beneficios fiscales cuyos importes y condiciones varían en función del lugar. De hecho, puede haber autonomías en los que ni lo tengan contemplada.
Te listamos las principales desgravaciones por vivienda habitual en las comunidades autónomas para la campaña de la renta 2023-2024:
- Andalucía: la deducción por vivienda habitual será del 5 % si los compradores son menores de 35 años o si el piso o casa está considerado de protección oficial.
- Aragón: se podrán desgravar la vivienda las víctimas de terrorismo (3 % sobre el importe) o aquellas personas que compren inmuebles en núcleos rurales o de menos de 3.000 habitantes o que tengan menos de 36 años (5 %).
- Asturias: la desgravación se aplica por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad, si la vivienda es de protección oficial y si se adquiere en concejos en riesgo de despoblación, entre otros.
- Cantabria: en la línea, la desgravación por vivienda habitual se centra en las obras de rehabilitación o por los gastos ocasionados por trasladarse a una zona en riesgo de despoblamiento.
- Castilla-La Mancha: también cuentan con una deducción, entre el 15 % y el 20 %, en función de la población, el número de habitantes y de si la residencia está situada en una zona rural.
- Castilla y León: de nuevo, la deducción se aplica sobre residencias habituales en núcleos rurales y adquiridas por menores de 36 años. También para viviendas de nueva construcción.
- Comunidad de Madrid: pueden acceder a desgravaciones por adquisición de una primera vivienda jóvenes menores de 30 años y contribuyentes que las adquieren por el nacimiento o adopción de hijos, entre otros.
- Comunitat Valenciana: el abanico de deducciones es, posiblemente, el más amplio. Contempla la adquisición de una primera vivienda si el titular es menor de 35 años, si se hubiera comprado con ayudas públicas o en municipios con riesgo de despoblamiento, entre otros.
- Extremadura: la deducción por compra de primera vivienda está destinada a jóvenes y a víctimas del terrorismo. El porcentaje se incrementa si se adquiere en localidades de menos de 3.000 habitantes.
- Galicia: se limita a la adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo.
- La Rioja: la desgravación sobre una primera vivienda también se limita a jóvenes menores de 36 años y por la adquisición, construcción o rehabilitación en un pequeño municipio. También por la compra de segunda vivienda en el medio rural.
- Murcia: la deducción por compra de vivienda habitual es solo para jóvenes de menos de 35 años.
Preguntas frecuentes
Es posible que, más allá de estas cuestiones genéricas acerca de cómo desgrava la compra de una vivienda, tengas algunas preguntas concretas. Son más frecuentes de lo que te puede parecer. Aquí respondemos a las que más habitualmente, y al respecto, nos hacen nuestros usuarios.
¿Puedo seguir desgravando la compra de vivienda habitual si la he vendido?
No. No te podrás seguir deduciendo la compra de tu vivienda habitual si la vendes. Tampoco perderías ninguna de las deducciones de las que hubieras podido beneficiarte durante todo este tiempo.
¿Me puedo deducir la compra de vivienda habitual si la alquilo?
No. No podrás seguir desgravando o deducirte la compra de vivienda habitual si la alquilas. Básicamente porque Hacienda entiende que ha dejado de ser tu primera residencia, principal motivo de este beneficio fiscal.
Aunque no desgrave, ¿tengo que incluir la compra de mi vivienda habitual en la declaración de la renta?
Sí, aunque hayas adquirido tu casa después de 2013 y tu comunidad autónoma no disponga de ningún tipo de beneficio al respecto, tienes que seguir declarando la compra de tu vivienda habitual en la renta.
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Actualizado el 17/03/2025 por el equipo de redacción de acierto
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