¿Cómo funciona el seguro de vida de Regal?
Regal Vida | |
Fallecimiento | |
Anticipo para gastos de sepelio | |
Capital adicional por fallecimiento en accidente | |
Invalidez total y permanente | |
Enfermedades graves |
Con la póliza de vida de Regal, los clientes pueden contratar un capital adicional en caso de que el fallecimiento se deba a un accidente. Además, también es posible contar con garantías opcionales como la de repatriación o la de muerte de ambos cónyuges. Con esta última, Regal abonará un capital extra a los hijos menores de 18 años, o mayores si están incapacitados, si quedan huérfanos. No obstante, existen algunos límites, por ejemplo, en la cobertura de repatriación: la compañía abonará el traslado hasta el aeropuerto internacional más cercano, pero solo hasta el lugar exacto del entierro hasta un importe máximo de 1.000 euros.
"Es posible contar con garantías opcionales como la de repatriación"
Los usuarios de Regal también pueden agregar la cobertura de invalidez permanente y absoluta. Además, la compañía va más allá y posibilita la contratación de la garantía ante la invalidez profesional. De esta manera, si el asegurado sufre un percance que le incapacita completamente para desarrollar su profesión habitual, se le abonará un determinado capital. No obstante, Regal establece un periodo de carencia de seis meses para la cobertura ante la invalidez profesional -invalidez total y permanente-. Además, deberás tener en cuenta que esta garantía complementaria no puede ser contratada separada del seguro principal.
Otra de las ventajas de esta póliza es poder sumar voluntariamente la cobertura de enfermedades graves. Se trata de asegurar un capital en el supuesto de que al cliente se le diagnostique una dolencia como cáncer, infarto, ictus, insuficiencia renal, paraplejía o en el caso de que se someta a un trasplante de órganos. No obstante, para todas estas dolencias la compañía ha fijado un período de carencia que oscila entre los tres y seis meses. En concreto, tendrán una carencia de tres meses el accidente cerebrovascular, la paraplejía y parálisis y el cáncer, mientras que deberá pasar hasta seis meses si se trata de un ictus o un by-pass.
Regal es una de las compañías de venta directa más destacadas, sobre todo en Cataluña, aunque también opera con éxito en el resto de España. Está avalada por el sello de calidad del Grupo Generali. Se caracteriza por ofrecer seguros de coche, moto, vida y hogar con extensas coberturas y con precios ajustados. Además, permite a sus clientes realizar muchas gestiones online en un área específica de la página web. Destacan sus pólizas de vida, que son totalmente personalizables y a las que se les puede sumar numerosas coberturas opcionales como, por ejemplo, la de enfermedades graves. Uno de sus puntos a favor es que ofrece un anticipo del capital de hasta el 10% que ayude a hacer frente a gastos importantes como el entierro, los impuestos y la gestoría.
¿Qué coberturas destacan en los seguros Regal?
La compañía Regal permite a sus asegurados sumar a sus pólizas de vida un gran número de garantías opcionales para mejorar su tranquilidad y la de sus familiares. Entre las coberturas más importantes se encuentran:
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PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué cubre el seguro de vida básico de Regal?
Regal ha diseñado un único producto de vida en el que es posible añadir las coberturas que el cliente desee. El seguro básico tiene como garantía principal la del fallecimiento por cualquier motivo, por lo que los beneficiarios designados recibirán el capital contratado en caso de muerte del asegurado.
¿Hasta qué edad se puede contratar un seguro de vida en Regal?
Los clientes podrán contratar la póliza de vida en cualquier momento, pero deberán tener en cuenta que la cobertura básica de fallecimiento finaliza dentro de la anualidad en la que cumple ochenta años de edad. En cuanto a las coberturas complementarias, acabarán a los sesenta y cinco años, excepto la garantía de repatriación que tiene el final en los ochenta años.
¿Tiene esta compañía un seguro de vida-Ahorro?
No. Regal no dispone de un seguro de vida ahorro.
Soy beneficiario de un seguro de vida de Regal, ¿cómo puedo solicitar el cobro?
Como beneficiario deberá comunicar a la compañía el siniestro dentro de un plazo de siete días, a contar desde la fecha en la que fuera conocido. En función de la naturaleza de dicho siniestro, la aseguradora le solicitará una serie de documentos (originales o fotocopias compulsadas). Por ejemplo, en caso de fallecimiento deberás aportar: certificado de defunción, informe médico, original de la póliza y último recibo pagado, certificación de últimas voluntades o testamento, impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y libro de familia. Además, si se trata de una muerte, puedes pedir a la compañía un anticipo para gastos. Regal te pagará la prestación contratada en un plazo máximo de cinco días desde que disponga de toda la documentación requerida.
¿Regal tiene un seguro de vida riesgo? ¿Qué incluye?
El único seguro de vida que plantea Regal es de vida riesgo, lo que supone que ante cualquier riesgo que le ocurra al asegurado y que esté cubierto por esa póliza, los beneficiarios designados tendrán derecho a percibir el capital contratado. La cobertura principal es la de fallecimiento por cualquier causa, aunque es posible contratar opcionalmente un gran número de garantías opcionales, desde la invalidez absoluta y permanente y la invalidez profesional hasta las enfermedades graves o, incluso, la repatriación. También es posible contratar un seguro para garantizar que la hipoteca quede cubierta.
Preguntas de nuestros usuarios
¿Puedo solicitar un anticipo de capital para gastos?
Sí y cabe subrayar que se trata de una de las ventajas de este seguro de vida. Así, en caso de que fallezca el asegurado si eres el beneficiario designado, podrás solicitar un anticipo sobre el capital asegurado antes de que se complete toda la documentación. Eso sí, debe ser un dinero que sirva como primera ayuda para los gastos del sepelio. Además, una vez que Regal haya autorizado el pago del siniestro, es posible conseguir un anticipo para los gastos de gestoría y liquidación de impuestos obligatorios.
¿Tiene carencia la cobertura de enfermedades graves?
Lo cierto es que la cobertura de enfermedades graves de esta póliza de vida abarca numerosas dolencias, pero todas tienen fijado un período de carencia -entre tres y seis meses-. Por ejemplo, el cáncer y la paraplejía tienen tres meses de carencia mientras que el by-pass y el ictus tienen seis.