El Supremo ya permite reclamar los gastos de las hipotecas más antiguas
Los clientes podrán recuperar entre 1.500 euros y 3.000 euros, según el caso
Los cambios que introduce la sentencia
La sentencia, que se acoge al criterio del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea del 25 de abril, se refiere a la reclamación de los gastos de la hipoteca abonados íntegramente por el cliente —gestoría, notaría, registro de la propiedad y tasación de la nota simple—.
Con anterioridad, el plazo para reclamar se había fijado en enero del 2019, cuando varias sentencias establecieron que era abusivo que el consumidor corriese con el 100 % de los gastos de la hipoteca. Además, aquí había discrepancias, pues algunos juzgados consideraban que el plazo para reclamar empezaba en el momento que se pagaron estos gastos hipotecarios.
En definitiva: esta nueva sentencia del Supremo abre la puerta a que las hipotecas más antiguas puedan solicitar la devolución. Incluso las previas a junio de 2019, que fue cuando entró en vigor la ley hipotecaria (es la que determinaba qué pagaba a quién). Porque los cinco años empiezan a contar desde que un juez declara abusiva la cláusula. O sea, cuando el usuario tiene constancia de que estaba firmando algo abusivo.
Ante el dictamen los expertos prevén una oleada de demandas por parte de los consumidores. Según la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), en España hay ocho millones de consumidores potenciales para reclamar por una media que oscila entre los 1.500 euros y los 3.000 euros. Además, el banco no solo tendrá que devolver los gastos en cuestión, sino también los intereses de demora legales.
Eso sí, para poder reclamar se deberá recabar toda la documentación correspondiente, en especial todas aquellas facturas que acrediten los gastos. Cabe comentar que, para solicitar la devolución de los gastos no es necesario recurrir a la vía judicial, sino que es posible hacerlo a través del banco. Interponiendo una queja o reclamación al servicio de atención al cliente mediante los medios interpuestos por la entidad, o bien con un burofax o carta certificada.
En caso de que la entidad bancaria se negase a devolver los gastos abusivos de la hipoteca, el consumidor puede dirigirse al Banco de España para reclamar. En este caso puede ocurrir que el organismo dé la razón a la entidad o al consumidor. Pero, aunque se la otorgue a este último, es posible que no le devuelva los gastos, en cuyo caso sí habría que acudir a los tribunales.